Azimuth-40

-5- editorial Revista Azimuth 40: 5 ISSN: 1659-2948 / 2020 El reglamento para el Control Nacional de Fraccionamien- tos y Urbanizaciones data del año 1983 en el país. Es evidente que, en todo este tiempo, la sociedad costarricense ha evolucionado, el crecimiento demográfico ha aumentado de manera exponencial y, por lo tanto, la necesidad de recursos, servicios y vivienda ha sido mayor y seguirá creciendo a lo largo de los años venideros. La Junta Directiva del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU), en el año 2019, presentó una propuesta de modificación a este Reglamento con la finalidad de establecer nuevos parámetros que regularían el ordenamiento territorial en los diferentes cantones que no cuenten con un plan regulador vigente. Una vez analizada la propuesta de este nuevo instrumento técnico-jurídicopor partede la JuntaDirectivadel Colegiode Ingenieros Topógrafos, en su etapa de consulta procedimos a señalar, una a una, las inconsistencias que, según nuestro análisis, encontramos en el texto de esta propuesta. Optamos pues por enviar a la institución una lista de observaciones acompañadas de una propuesta de redacción que cumpliera, según nuestra óptica, con el ordenamiento jurídico nacional y es aquí donde se inicia una lucha que hasta el día de hoy estamos sosteniendo en defensa de los intereses de todos los ciudadanos de este país. El INVU, siempre abierto a dialogar con nosotros, nos invitó a un par de reuniones informativas donde se nos expuso la propuesta que iba ser publicada en el diario oficial La Gaceta sin que se hubiesen tomado en cuenta nuestras recomendaciones en ese momento. A partir de este año 2020, luego de varias solicitudes por parte del CIT y demás actores como lo son las municipalidades a través de sus federaciones, la Unión Nacional de Gobiernos Locales, la Cámara de Agricultores, Upa Nacional, la Liga de la Caña, Agencias para el Desarrollo, Oficina Nacional Forestal, diputados, nuestra asesora legal y una exdiputada, la Junta Directiva del INVU decidió ampliar el plazo de entrada en vigencia de la propuesta de reglamento por un período de siete meses desde su publicación el día 12 de noviembre del 2019. Top. Olger Eddier Aguilar Casares Presidente de la Junta Directiva del CIT La intención de la prórroga fue establecer diversas mesas de diálogo con la participación de actores importantes para toma de decisiones y poder establecer un reglamento consensuado y apegado al ordenamiento jurídico, a petición del CIT. Esta solicitud fue bien atendida por la señora ministra de Vivienda, Ing. Irene Campos, y los señores del INVU, para lo cual se estableció una agenda de trabajo para el mes de marzo y abril donde estaremos valorando cada uno de los artículos que en un principio consideramos había que revisar técnicamente y hacer la debida modificación. El CIT en todo momento ha sido propositivo y abierto a contribuir con el mejoramiento de las propuestas que tienen que ver con el ordenamiento territorial y así quedó plasmado en cada una de las visitas que realizamos en por lo menos 35 municipalidades del país, donde se informaron los beneficios y las implicaciones que traerá la implementación de este Reglamento de Fraccionamientos y Urbanizaciones para el país en general. Seguimos trabajando porque creemos que ya es necesario hacer una modificación al reglamento actual que data desde el año 1983. El CIT somos todos

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