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Quedará al arbitrio del profesional la utilización de
distintas láminas, en cuyo caso éstas deberán de
numerarse de forma individual y secuencial. La impresión
deberá ser a colores irrepetibles para la representación
de los diferentes documentos contenidos en el montaje
(asientos catastrales, asientos de presentación, planos
generales de urbanización, condominio, cementerios,
marinas), y de posibles levantamientos de campo. En caso
de existir diferentes elementos o polígonos sobrepuestos,
que impiden un adecuado análisis y valoración de la
información gráfica y numérica aportada, el profesional
podrá hacer uso de varias láminas explicativas, de manera
que sean congruentes entre sí y con bases cartográficas
similares. El mismo deberá indicar la simbología y la
relación de los polígonos con los asientos catastrales y de
presentacióndibujados; números defincao identificadores
prediales; planos generales de urbanización, condominio,
marinas o cementerios; levantamientos de campo; escala
de impresión; nombre del profesional, su firma de puño
y letra, fecha, datos de la información cartográfica de
referencia, datos de amojonamiento del IGN si existiera,
datos de demarcación de líneas de áreas y reservas
nacionales y del patrimonio natural del Estado, los valores
de la proyección de referencia y situación geográfica.
En inmuebles ubicados dentro de una Zona Catastrada
deberá siempre indicarse el número de identificador
asignado dentro del mapa catastral y aportar el montaje
en los formatos digitales oportunamente definidos.
Resulta de conveniencia, indicar gráfica y literalmente
cualquier accidente físico, tales como canales, ríos,
quebradas, acequias, lagunas, embalses, esteros, tajos,
túneles, puentes, diques, represas, alcantarillados,
vertederos, cordones, cunetas, espaldones, calzadas y
cualesquiera otros similares, excepto cuando colinden o
atraviesen el lindero, en cuyo caso, será necesario realizar
levantamiento detallado. Resulta improcedente realizar
tachones o correcciones a mano alzada en los mismos.
Especial comentario merece, si alguno de los documentos
que constan en el montaje, contienen errores de cierres
significativos o inaceptables, en cuyo caso tal inexactitud
debe ser señalada mediante nota.
Cualquier incumplimiento a los aspectos formales
analizados puede motivar al registrador a rechazar la
Oposición planteada, para que el recurrente proceda a
subsanar la falencia señalada.
LEGAL
- Revista Azimuth 29: 24-32, ISSN: 1659-2948 / 2015